El tope de 5 UVT existe desde la Ley 2155 de 2021 (artículo 616-1 del Estatuto Tributario) y se actualiza cada año con el valor de la UVT que fija la DIAN. En la práctica, obliga a los comercios a tener las dos vías listas en caja: tiquete POS para la venta rápida de bajo monto y factura electrónica para el resto.
La diferencia importa para el comprador: el tiquete POS no sirve para solicitar impuestos descontables ni costos y deducciones; la factura electrónica sí. Por eso los clientes empresariales piden factura aunque la compra sea pequeña, y el comercio está obligado a emitirla si la piden.
En Scrampi
Scrampi emite ambos documentos desde la misma caja en Colombia: tiquete POS electrónico para ventas de hasta 5 UVT y factura electrónica de venta homologada ante la DIAN cuando el monto lo exige o el cliente la pide. ¿Dudas con un monto? Usa la calculadora de tiquete POS o factura de Scrampi.
Fuente: DIAN - Resolución 000238 de 2025 (UVT 2026)